2022/23
30526 - Trabajo fin de Grado (Derecho)
432 - Programa conjunto en Derecho-Administración y Dirección de Empresas
Trabajo fin de Grado
1.1. Objetivos de la asignatura
El objetivo principal de esta asignatura es que el estudiante culmine el desarrollo de las competencias propias de la titulación de Grado en Derecho, a través de la redacción de un trabajo escrito y de transmitir sus conclusiones a un público especializado, mediante la defensa pública del Trabajo Fin de Grado.
Aunque el desarrollo de la asignatura puede hacerse en el contexto de unas prácticas en empresas o instituciones, lo relevante, en estos casos, no es la exposición del trabajo desarrollado en tales prácticas, sino de los problemas jurídicos advertidos y las soluciones propuestas para su resolución.
Así, el estudiante deberá demostrar su capacidad para desarrollar una memoria o trabajo escrito de carácter jurídico que se traduzca en la propuesta de soluciones ante problemas concretos de interpretación o aplicación del Derecho con carácter general, o bien una actividad de asesoramiento jurídico en el ámbito de unas prácticas, que le conduzcan a identificar problemas concretos y proponer soluciones, con carácter particular y en relación con la actividad práctica desarrollada, o extrapolando tal solución jurídica a un ámbito más general de aplicación del Derecho.
El desarrollo de esta asignatura en el alumno del Grado en Derecho puede contribuir a fortalecer el compromiso de la entidad universitaria en general y más específicamente de la Universidad de Zaragoza en particular en el esfuerzo común por incorporar los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) con una visión crítica. Singularmente una aproximación histórica y jurídica en aspectos contemplados en los objetivos: 4, garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad y promover oportunidades de aprendizaje durante toda la vida para todos y 16, promover sociedades justas, pacíficas e inclusivas.
1.2. Contexto y sentido de la asignatura en la titulación
El desarrollo de las competencias y habilidades propias de la titulación en Derecho se lleva a cabo a través de distintas asignaturas articuladas en la titulación en razón de diversos contenidos. Mediante esta asignatura, en cambio, no se persigue ni la transmisión de contenido alguno, ni el desarrollo de competencias con ocasión de la transmisión de unos contenidos, sino enfrentar al estudiante con el carácter complejo de la realidad jurídica, para que localice correctamente las normas, jurisprudencia, o bibliografía sobre un determinado tema, e identifique los problemas que surgen en la interpretación y aplicación del ordenamiento jurídico o realice valoraciones críticas. Desde este punto de vista, la asignatura ofrece una amplia libertad de actuación al estudiante y, por este motivo, resulta relevante en la valoración de las competencias adquiridas, la orientación que el propio estudiante –bajo la supervisión y ayuda del director del trabajo– dé al trabajo Fin de Grado en la selección del ámbito principal al que éste hará referencia, el concreto tema planteado, a la vista de los problemas analizados, y en la misma forma de afrontar su solución, mediante la elección de la metodología como se buscarán las soluciones.
Por otra parte, en función de la orientación que el estudiante quiere dar a su posible futura carrera profesional, el trabajo fin de grado puede revestir diferentes formas. De este modo, es susceptible de configurarse como una recopilación normativa o jurisprudencial y, en su caso, comentarla. Puede asimismo presentarse bien como un dictamen jurídico ante un problema jurídico de carácter muy concreto, bien como una exposición del asesoramiento y la solución propuesta ante un problema jurídico abordado en el desarrollo de una práctica profesional en un despacho jurídico, una empresa u otra entidad, o como una selección de bibliografía con los correspondientes comentarios, o cualquier otra modalidad de trabajo que esté relacionada con las competencias propias del Grado en Derecho.
La asignatura plantea un reto al estudiante, para cuya superación deberá actuar las competencias y habilidades desarrolladas durante la titulación, al tiempo que la naturaleza de la asignatura le obligará al desarrollo de otras competencias más específicas de búsqueda de fuentes jurídicas, análisis de problemas, búsqueda de soluciones y, finalmente, transmisión de ideas e información.
3.1. Tipo de pruebas y su valor sobre la nota final y criterios de evaluación para cada prueba
El estudiante deberá demostrar que ha alcanzado los resultados de aprendizaje previstos mediante las siguientes actividades de evaluación.
La presentación de una Memoria del Trabajo Fin de Grado
La defensa pública del Trabajo Fin de Grado
La Memoria de Trabajo Fin de Grado
La memoria deberá tener una extensión mínima de 8.000 palabras y máxima sugerida de 13.000, de conformidad con lo establecido en la Memoria del Grado en Derecho y el art. 1.3 del RTFG.
Estructura de la memoria
- Portada. Deberá contener los siguientes datos: título del trabajo, nombre y apellidos del estudiante, nombre y apellidos del director del TFG
- Índice o sumario del trabajo.
- Listado de abreviaturas utilizadas.
- Introducción, en la que se abordarán, en apartados separados, las siguientes cuestiones:
- Cuestión tratada en el Trabajo Fin de Grado.
- Razón de la elección del tema y justificación de su interés.
.- Metodología seguida en el desarrollo del trabajo.
- Desarrollo del trabajo, conforme a los epígrafes y subepígrafes que se estime oportuno.
- Conclusión o conclusiones originales del estudiante.
- Bibliografía y referencias documentales.
- Si se considera oportuno, en lugar de realizar su transcripción en el cuerpo del trabajo, podrá adjuntarse como anexo una relación jurisprudencial o textos de resoluciones judiciales o administrativas, así como textos de proyectos de ley o normas extranjeras u otra documentación relevante que no pudiera estar al alcance del tribunal y resultase necesaria para la valoración del trabajo. En caso de adjuntarse como Anexo, no se tendrá en cuenta en el cómputo de la extensión máxima o mínima del TFG.
Normas de redacción
Para la redacción del TFG los estudiantes deberán ajustarse a las siguientes normas de redacción:
- Reglas de edición del texto:
El texto principal deberá acomodarse al tipo de letra Times New Roman 12; el espacio entre líneas debe ser de 1,5.
Las notas deben incorporarse siempre a pie de página y se acomodarán al tipo de letra Times New Roman 10; el espacio entre líneas debe ser sencillo.
La estructura interna del trabajo deberá ajustarse a los siguientes criterios de identificación y numeración de epígrafes y subepígrafes:
I. TÍTULO
1. TÍTULO
1.1 Título
- Título
- Título
Todas las páginas deberán estar numeradas, bien en el encabezado, bien en el pie de cada página, en correspondencia con el índice que acompaña al trabajo.
El trabajo impreso en papel podrá presentarse con el texto impreso en ambas caras de cada hoja. En el encabezado podrá figurar el título del trabajo y su autor.
-
- Reglas de estilo de redacción:
Se deberán conjugar adecuadamente el rigor académico, la claridad expositiva, la persuasión, el registro de lengua científico y la secuencia lógica del desarrollo de los contenidos.
Las oraciones deben estar sintácticamente bien estructuradas: se recomienda evitar las frases demasiado largas, que dificulten la correcta comprensión del texto.
En el uso del lenguaje se deberá evitar cualquier connotación o expresión discriminatoria por razones de sexo, raza, religión o ideología.
En el trabajo no deben figurar errores ortográficos o lexicográficos.
Se deben emplear comillas españolas (« »); y, en su caso, para aquellas que vayan a figurar en el interior del texto entrecomillado, comillas inglesas («... ?... ..? ... »). El punto final de la cita queda siempre fuera de las comillas.
El texto en otros idiomas deberá incorporarse en cursiva y sin entrecomillar, salvo que se trate de una cita textual, pues en tal caso se transcribirá en letra redonda y entre comillas.
Las citas textuales deben recogerse entrecomilladas, sin cursiva. Si se omitiese parte del texto en la transcripción se emplearán corchetes y puntos suspensivos ( [...] ).
Las citas textuales y la mención a sus autores deberán figurar normalmente a pie de página, de modo que el texto del trabajo no sea una mera recopilación de la transcripción de diversos autores. De ser necesario dar noticia de tales opiniones, deberá realizarse una exposición en el texto por el estudiante, con las oportunas referencias a sus autores y, en su caso, a la cita textual, a pie de página.
Si se considera necesario transcribir una resolución judicial o un texto normativo en el cuerpo del trabajo, la identificación de su fuente o referencia también deberá figurar en el texto y no a pie de página.
Debe hacerse un uso moderado de las negritas, las cursivas y los subrayados.
En relación con las abreviaturas y siglas, deberán emplearse sólo las fórmulas al uso y, como se ha indicado, se incorporará siempre al comienzo del trabajo una relación completa de las que se hayan utilizado (incluidas las que se consideren de aceptación y uso generalizado). Las abreviaturas latinas: op. cit., ibid., vid., siempre figurarán en cursiva; y las siglas: necesariamente en mayúsculas y sin espacios de separación, ni puntos (por ej.: OIT, y no O.I.T.)
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- Referencias bibliográficas finales:
Sólo se incorporarán las que correspondan a obras que se hayan consultado y empleado para la confección del trabajo.
Las referencias se recogerán en la Bibliografía final, a elección del alumno, bien por orden cronológico, bien por orden alfabético de los autores. En las notas a pie de página, las referencias se recogerán por orden cronológico, de las más antiguas a las más recientes.
El modo de citar es el siguiente
- Libros:
Apellidos del Autor, Inicial/es del nombre (todo en mayúsculas), Título completo de la obra en cursivas, tomo o volumen, número de la edición (a partir de la 2ª), Editorial, lugar, año de la edición; y, en su caso, indicación de las páginas correspondientes, con la abreviatura p. o pp. Todo ello, separado por comas.
Por ej.:
FERNÁNDEZ-BALLESTEROS, M.A., La ejecución forzosa y las medidas cautelares, Iurgum, Madrid, 2001, p. 57.
PRIETO CASTRO Y FERRÁNDIZ, L., Tratado de Derecho Procesal Civil,t. II, 8ª edic., Aranzadi, Pamplona, 1982, p. 184
La segunda vez que se cite la obra puede hacerse abreviadamente incluyendo sólo el nombre del autor, el título abreviado con puntos suspensivos con la indicación cit. y la página.
Por ej.:
FERNÁNDEZ-BALLESTEROS, M.A., La ejecución forzosa? cit., p. 82. PRIETO CASTRO Y FERRÁNDIZ, L., Tratado? cit., p. 184
- Capítulos de libros o colaboraciones en obras colectivas dirigidas o coordinadas:
Apellidos del Autor, Inicial/es del nombre (todo en mayúsculas), ?Título completo del capítulo o de la colaboración en la obra colectiva, entrecomillado, y sin cursivas?, en Apellido relevante del Director o Coordinador (si fuesen varios, basta con indiciar el primero de ellos añadiendo la abreviatura et al.), entre paréntesis indicación del carácter de director o coordinador con las abreviaturas dir/coord, tomo o volumen, número de la edición (a partir de la 2ª), Editorial, Lugar, año de la edición; y, en su caso, indicación de las páginas correspondientes, con la abreviatura p. o pp. Todo ello, separado por comas.
Por ej.:
TORRES FERNÁNDEZ DE SEVILLA, J.M., «Títulos ejecutivos (art. 517)», en Los procesos civiles,
Garberí (dir.), t. III, Bosch, Barcelona, 2010, p. 2060.
La segunda vez que se cite la obra puede hacerse abreviadamente incluyendo sólo el nombre del autor, el título abreviado con puntos suspensivos con la indicación cit. y la página.
Por ej.:
TORRES FERNÁNDEZ DE SEVILLA, J.M., «Títulos ejecutivos ?», cit., p. 2120.
Cuando se cita el capítulo, no en nota al pie, sino en la bibliografía final, no se deben indicar las páginas citadas sino la página inicial y final.
- Revistas:
Apellidos del Autor, Inicial/es del nombre (todo en mayúscula), ?Título del artículo entrecomillado, sin cursiva?, en Nombre de la revista en cursiva, con indicación del tomo y/o número de la publicación, fecha de edición y página citada. Todo ello separado por comas.
Por ej.:
LÓPEZ JARA, M., «Incidencia del nuevo procedimiento de mediación en el proceso civil. A propósito del Real Decreto-Ley 5/2012 de 5 de marzo, de mediación en asuntos civiles y mercantiles», en Diario La Ley, nº. 7857, 2012, p. 12.
La segunda vez que se cite la obra puede hacerse abreviadamente incluyendo sólo el nombre del autor, el título abreviado con puntos suspensivos con la indicación cit. y la página.
Por ej.:
LÓPEZ JARA, M., «Incidencia?» cit., p. 12.
Cuando se cita el artículo, no en nota al pie, sino en la bibliografía final, no se deben indicar las páginas citadas, sino la página inicial y final.
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- Pautas para citar otros recursos empleados en la elaboración del trabajo:
- Legislación: Debe recogerse la reseña completa, con indicación del número de disposición, año de promulgación y en su caso título. No es necesario incluir la fecha del boletín oficial en el que haya sido publicada. Sólo podrá omitirse la reseña completa en el caso de normas básicas, como la Constitución Española, o el Código Civil.
- Jurisprudencia: Debe recogerse la referencia completa: Tipo de resolución, Tribunal (en el caso de las Audiencias, con indicación entre paréntesis de la Sala o Sección), fecha de la resolución. Deberá añadirse la referencia de la base de datos de la que se haya extraído.
- Recursos de Internet: Debe indicarse de manera completa la fuente, señalando la dirección completa y la fecha en la que se realizó la consulta.
Los estudiantes pueden encontrar una información adicional de utilidad para realizar la memoria del trabajo de fin de grado en la siguiente página de la biblioteca de la Universidad de Zaragoza: http://biblioteca.unizar.es/formacion_ci.php
También es de utilidad el Curso sobre competencias informacionales de TFG disponible en http://titulaciones.unizar.es/proy_titulaciones/programas/compete_informa.php?estudio=132
La defensa pública del trabajo fin de grado
Es condición necesaria para aprobar la asignatura presentarse a la defensa pública del trabajo.
El acto de defensa tendrá lugar en el lugar, la fecha y hora que figure en la convocatoria que lleve a cabo el director del trabajo.
La defensa del Trabajo Fin de Grado será pública.
El acto de defensa consistirá en la exposición oral por el estudiante de los aspectos que considere más relevantes de la memoria del Trabajo Fin de Grado. La exposición no deberá superar los diez minutos de duración. Una vez finalizada la exposición el director podrá dirigir preguntas al estudiante para evaluar los resultados del aprendizaje.
Criterios de evaluación
El cómputo global de la calificación será el resultado final de estos dos factores:
a) Calificación de la memoria escrita del trabajo por parte del director. La evaluación, que representa el 80% de la nota final, atenderá a las competencias señaladas en esta guía, con los indicadores que a continuación se señalan:
Actividad
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Competencia
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Indicador
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Peso
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Trabajo escrito
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1. Manejo de fuentes y bibliografía
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- No omite bibliografía o fuentes relevantes y actuales
- Exhaustividad de las fuentes y bibliografía manejadas
- Entiende el alcance de las fuentes manejadas
- Utiliza adecuadamente las fuentes
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20%
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2. Análisis de instituciones jurídicas y estructuras normativas
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- Capacidad de identificación de los problemas presentes en la cuestión tratada
- Precisión en la descripción del problema
- Identificación de las relaciones con otras instituciones
- Utilización en el análisis de los principios y valores constitucionales y otros principios jurídicos y valores éticos y sociales
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20%
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3. Aplicación de principios jurídicos
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- Presentación de líneas de razonamiento y argumentación que permiten comprobar que ha entendido bien la materia estudiada.
- Metodología adecuada al problema planteado.
- Propuesta de conclusiones coherentes con los principios manejados
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20%
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4. Claridad y coherencia expositiva por escrito
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- Expresión correcta, sin faltas de ortografía ni sintaxis.
- Exposición clara y ordenada. Adecuación a las normas de estilo.
- Dominio del lenguaje jurídico: precisión en los términos utilizados, adecuación de los términos.
- Desarrollo argumental ordenado y concluyente, sin saltos lógicos.
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20%
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b) Calificación de la defensa pública por parte del director: representa el 20% de la calificación final.
La evaluación atenderá a las competencias señaladas en esta guía, con los indicadores que a continuación se señalan:
Defensa oral
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Capacidad persuasiva en la exposición oral
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- Exposición clara y ordenada.
- Dominio del lenguaje jurídico: precisión en los términos utilizados.
- Persuasión en la argumentación utilizada y el tono de la exposición
- Pertinencia de las respuestas dadas a las preguntas formuladas por el tribunal.
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20%
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La calificación del trabajo se regirá por las normas generales en materia de evaluación. El director podrá evaluar el trabajo con una calificación cuantitativa de 0 a 10 y con la correspondiente calificación cualitativa, salvo en lo relativo a la mención de matrícula de honor.
El estudiante que obtenga una calificación cuantitativa de al menos un 9,0 y cuente con el aval del director podrá ejercer la opción para alcanzar la calificación cualitativa de matrícula de honor realizando un nuevo acto de defensa ante el Tribunal designado a tal efecto. Dicho tribunal respetará en todo caso la nota numérica otorgada por el director y se limitará a conceder o no la mención de matrícula de honor. A estos efectos, se valorará tanto el trabajo escrito presentado como el acto de defensa ante el tribunal.